Fuente: SUNARP & INFOGASCambio de Motor, Color o Combustible a GNV/GLP: Trámite y Requisitos en SUNARP
Cualquier alteración sustancial en las características registradas de un vehículo (motor, color, combustible a gas, carrocería) exige su inscripción inmediata en el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP para emitir la nueva Tarjeta TIVE y circular sin riesgo de retención policial.
1. Trámite de Cambio de Motor en SUNARP
El motor es una parte fundamental identificada con un número de serie único en la partida registral. Para inscribir un cambio de motor se requiere:
- Formulario Notarial de Modificación de Características suscrito por el propietario con firma legalizada.
- Documento que acredite la adquisición legal del nuevo motor: comprobante de pago electrónico (factura) emitido por una empresa importadora, póliza de importación (DUA) o contrato notarial de compraventa si proviene de otro vehículo dado de baja.
- Certificado de Conformidad Técnica emitido por una entidad certificadora autorizada por el MTC que certifique que el nuevo motor cumple los estándares de compatibilidad y emisiones.
2. Requisitos para Inscribir Conversión a GNV o GLP
La instalación de un equipo de gas licuado de petróleo (GLP) o gas natural vehicular (GNV) exige:
- Certificado de Conformidad de Conversión original expedido por un Taller de Conversión Autorizado por el MTC.
- Certificación anual vigente en el sistema INFOGAS (para GNV) con chip de control de carga activo.
- Formulario de Solicitud de Inscripción y pago de la tasa registral de SUNARP (~S/ 43.00).
Impuesto al Patrimonio Vehicular: Quiénes Pagan, Cálculo y Fechas SAT
El Impuesto al Patrimonio Vehicular grava la propiedad de automóviles, camionetas, buses y camiones durante los 3 primeros años desde su primera inscripción registral en la SUNARP. Conoce cómo se calcula la base imponible y el cronograma de vencimiento del SAT.
3. Cambio de Color del Vehículo
Pintar el vehículo con un color distinto al que figura en la tarjeta de propiedad es legal, pero debes formalizarlo ante notaría con una simple declaración jurada legalizada y presentarla a la SUNARP. Si no lo haces, la Policía puede aplicarte la infracción G28 por circular con características no coincidentes.

